Patricio Silva-Riesco
Especialista en Litigación Tributaria, Philippi Yrarrázabal Pulido & Brunner
En materia de transparencia, la Nueva Justicia Tributaria está en deuda.
Según lo ha estipulado la ley que la regula, progresivamente se han ido instalando en regiones los esperados Tribunales Tributarios y Aduaneros, cuya llegada a nuestra capital se espera para el 1 de febrero de 2013.
Ahora bien, de conformidad a los principios que inspiraron este gran avance, actualmente, con este nuevo sistema, los contribuyentes, representados por sus abogados, se deberían enfrentar a la administración impositiva, esto es Aduanas y S.I.I., en un plano de igualdad. Si bien en algunas materias esto es así, hemos descubierto que existen aún grandes falencias en lo relativo al acceso a la información por parte de los particulares.
Al revisar el flamante sitio web de los nuevos tribunales tributarios y aduaneros (http://www.tta.cl) medio a través del cual, quienes estamos en el negocio deberíamos acceder a todo lo necesario para desarrollar nuestra labor en estas áreas, nos llama poderosamente la atención que es imposible conocer antecedentes de este nuevo sistema de administración de jurisdicción, tales como ingresos por tribunal, partes, materias que se reclaman, etc. Si se observa el sitio se verá que es necesario poseer llaves, claves, para revisar el devenir de los procesos, cómo evolucionan los casos, cuánto se demora la resolución de cada uno, etc.
Asimismo, en el apartado dedicado a la jurisprudencia se indica “conozca las sentencias definitivas, firmes y ejecutoriadas, dictadas por los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA)”, es decir, se conocerá la sentencia, sólo la definitiva, sólo una vez que hayan resuelto todos los recursos, lo que contrasta con lo que ocurre en otras áreas judiciales, donde a través de la página del Poder Judicial, podemos revisar el comportamiento de nuestra doctrina judicial a diario, lo que hace que mejoremos las decisiones y consejos a nuestros clientes; y, si existe algún fallo que se sale de regla, podremos, como la comunidad jurídica que somos, examinar, compartir o discrepar de las razones de ello.
Podemos sostener entonces que el resultado del tratamiento de la información que está dando la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros quiebra el principio de igualdad de partes inspirador de “la nueva justicia”. En efecto, por una parte estamos los contribuyentes, rezagados de información, que no sabemos cómo se está resolviendo caso a caso, ni cómo se está interpretando la ley por los noveles jueces, no sólo en sus decisiones definitivas sino también en las resoluciones intermedias, y por la otra, un litigante que conoce todas y cada una de las resoluciones y reclamaciones tributarias o aduaneras, el Servicio de Impuestos Internos y el Servicio de Aduanas.
La medida adoptada por Hacienda, de quien depende la administración de estos tribunales, es contraria a garantizar la igualdad de los abogados de sus reparticiones y los contribuyentes y rompe una antigua tradición judicial; no hay razón alguna para mantener el secreto hasta el pronunciamiento de los superiores, la publicidad es norma y principio constitucional que prevalece frente a cualquier pretensión menor de privacidad de los actos públicos de los funcionarios públicos.
Sólo rectificando el tratamiento de la información por parte de la nueva judicatura podremos ejercer el debido control que nos corresponde a todos los ciudadanos, las partes no manejarán información privilegiada de los jueces y, sin temor, cada quien responde de sus actos.