“… Quiérase o no, resta el impulso vital que venía teniendo esta iniciativa desde los gobiernos anteriores y en especial desde la legislatura anterior, en que se pudo apreciar un fuerte y decidido compromiso de la Cámara de Diputados de avanzar en paralelo en todos los frentes que supone este gran proceso reformador…”
Como ha sido de conocimiento público, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado ha suspendido la tramitación del Proyecto de Código Procesal Civil, a la espera de contar con el desarrollo y proposición de las normas orgánicas que darán sustento a los nuevos procedimientos e instituciones que dicho Proyecto contempla.
Esta decisión genera una sensación ambivalente, pues por una parte resulta difícil discutir su razonabilidad pero por la otra, quiérase o no, resta el impulso vital que venía teniendo esta iniciativa desde los gobiernos anteriores y en especial desde la legislatura anterior, en que se pudo apreciar un fuerte y decidido compromiso de la Cámara de Diputados de avanzar en paralelo en todos los frentes que supone este gran proceso reformador que, como hemos dicho con insistencia desde esta columna, constituye una de las políticas públicas más necesarias y urgentes de los últimos tiempos.
Precisamente en razón de la urgencia de esta reforma, lo que no significa para nada, superficialidad e improvisación, se habría podido avanzar en el análisis y aprobación de numerosas normas e instituciones del referido Proyecto que no requieren de suyo un correlato inmediato con normas orgánicas, y que hubiera representado adelantos significativos de necesarias decisiones futuras, generando una señal que habría irradiado positivamente el avance de este proceso, a esta altura irreversible.
En lo concreto, lamentablemente, pensamos que la decisión hará perder un tiempo valioso que retrasará, quiérase o no, la aprobación y puesta en marcha de esta reforma. No debe perderse de vista que en materias orgánicas ya existen avances importantes con base en las conclusiones y recomendaciones formuladas por la Mesa Orgánica a la que convocara el Ministerio de Justicia de entonces, integrada por expertos y tres Ministros de la Corte Suprema, entre otros actores relevantes. La verdad es que muchos aspectos orgánicos, especialmente los relativos a la organización y funcionamiento de los futuros tribunales civiles, deberán razonablemente ajustarse a las soluciones ya implementadas y vigentes en los demás sectores reformados, en que la experiencia acumulada permite discernir los aspectos probadamente exitosos de esa normativa. En ese sentido, cuestiones básicas como el funcionamiento a base de tribunales de composición múltiple, ejercicio unipersonal de la actividad jurisdiccional y la existencia de unidades de apoyo logístico y administrativo para el gobierno judicial, son aspectos probados que permiten su extrapolación pacífica al futuro sistema procesal civil.
La decisión adoptada por dicha Comisión legislativa, hace más necesario y urgente que nunca que el Ministerio de Justicia adopte los recaudos necesarios para satisfacer las exigencias del legislativo, redoblando su compromiso con esta reforma. Los consolidados equipos profesionales formados por el Ministerio de Justicia, tienen sobrada capacidad para seguir avanzando en los temas implicados por la reforma, pero ciertamente requieren de decisiones y definiciones políticas claras y oportunas que les indiquen los derroteros a seguir, con base en una planificación temporal clara y precisa.
Tenemos la certeza que el actual Ejecutivo, al igual que sus predecesores, tiene muy claro el sentido de urgencia de esta política pública. Su compromiso se expresa en múltiples iniciativas tal como la Comisión convocada para efectuar una proposición relativa al futuro recurso extraordinario o casación que en fecha próxima deberá evacuar sus recomendaciones sobre esta materia y los diversos estudios encomendados para dimensionar la carga de trabajo, así como de la infraestructura y recursos humanos que requerirá esta reforma y los costos que se irrogarán al erario nacional.
En fin, si bien lamentamos la decisión adoptada por la Comisión del Senado, ello debiera redundar en una actividad proactiva del ejecutivo, fijando metas y plazos precisos para satisfacer los requerimientos del legislativo, de manera que no restar impulso y entusiasmo a este proceso reformador, que los justiciables reclaman de sus autoridades sea implementado con el máximo sentido de urgencia.
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