Reforma procesal civil: se disipan las dudas

“… El nuevo Ejecutivo ha dado sólidas evidencias en cuanto a dar continuidad a este proceso que, de paso cabe mencionar,  lleva casi diez años de estudio,  adoptando al efecto una serie de medidas…”

En columnas pasadas expresábamos nuestra preocupación ante el posible estancamiento del proceso de reforma a nuestra justicia civil por parte del nuevo gobierno, habida cuenta que hasta esa oportunidad, no existían señales en orden al impulso y prioridad asignada a esta relevante política pública. Afortunadamente tales aprehensiones han sido sustancialmente disipadas,  puesto que el nuevo Ejecutivo ha dado sólidas evidencias en cuanto a dar continuidad a este proceso que, de paso cabe mencionar,  lleva casi diez años de estudio,  adoptando al efecto una serie de medidas.

Desde luego y como es sabido, el eje central del proceso de reforma, constituido por el Proyecto de Código Procesal Civil, ha iniciado su tramitación ante la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, la cual ha asignado a su estudio y análisis una sesión semanal de dos horas de duración. En la fase preliminar, dicha Comisión ha estimado indispensable recibir la calificada opinión de académicos de diversas universidades, de instituciones como el Consejo de Defensa del Estado, Colegios de Abogados de diversas regiones del país (que por cierto ya habían participado ante la Comisión homónima de la Cámara de Diputados), además de incorporar en forma permanente a un delegado de la Corte Suprema, responsabilidad recaída en este caso en el señor Ministro don Milton Juica, y asimismo ha dispuesto invitar en forma permanente a los profesores que participaron en la redacción final del referido Proyecto.

Con todo, el señor Presidente de la Comisión referida, senador don Felipe Harboe, expresando la decisión de esa instancia parlamentaria, ha manifestado claramente al ejecutivo que no estará en condiciones de aprobar este Proyecto sino en la medida que en forma paralela sean presentadas las normas orgánicas indispensables para su futuro funcionamiento. Esta cuestión, de evidente razonabilidad, tuvo bastantes avances en la administración anterior,  especialmente con base en las conclusiones y recomendaciones formuladas por la Mesa Orgánica a la que convocara el Ministerio de Justicia de entonces, integrada por expertos y tres Ministros de la Corte Suprema, entre otros actores  relevantes. Sin embargo, ése Ejecutivo no llegó a adoptar decisiones políticas claras en la materia ni menos a elaborar un proyecto con las normas orgánicas que deberán regular el funcionamiento de los tribunales civiles del futuro, especialmente considerando aquellas nuevas instituciones propuestas en el Proyecto de Código Procesal Civil. Nos parece acertada la decisión de la Comisión, pues efectivamente sería inútil aprobar el Proyecto de Código Procesal Civil sin contar con la estructura orgánica conforme a la cual se puedan efectivizar sus disposiciones.

De otra parte, el Ejecutivo en forma muy acertada se ha propuesto reunir  de aquí a fin de año, toda la información relevante necesaria en materia de infraestructura y personal, encomendando los estudios pertinentes, de manera de poder cuantificar sobre bases técnicamente justificadas los requerimientos presupuestarios de esta iniciativa.

Finalmente y como es sabido, el Proyecto de Reforma al Código Procesal Civil, si bien fue aprobado en primer trámite constitucional por la Cámara de Diputados, dejó afuera y rechazó dos de los aspectos centrales del mismo, como son el Recurso Extraordinario propuesto como sustitutivo del Recurso de Casación, y el régimen de ejecución de los títulos jurisdiccionales y

extrajurisdiccionales respecto de los cuales se había propuesto la desjudicialización a base de la incorporación de la figura del Oficial de Ejecución, conforme a las tendencias mundiales del derecho comparado, especialmente el europeo.

Sin embargo, la correcta lectura de lo ocurrido no es de frontal rechazo a tales instituciones, sino simplemente abrir a su respecto un debate más amplio y profundo pues, se trata de cambios que en un caso redundan en atribuir un nuevo rol funcional a la Corte Suprema y en el otro, nos avoca a implementar en el país una institución respecto de la cual no existe experiencia, siendo natural que ambos extremos generen ciertas aprehensiones y dudas, especialmente manifestadas por algunos sectores académicos. Con acierto el Ministerio ha convocado a una mesa de trabajo en relación al Recurso Extraordinario, convocando a diversos profesores que representan las distintas visiones que se manejan respecto a esta modalidad sustitutiva de la Casación, mesa que tendrá que evacuar su recomendación en tiempos acotados. Esperamos que el mismo procedimiento se siga con motivo del tema de la ejecución.

En síntesis, felicitamos la decisión del ejecutivo en orden a asumir la necesidad de reforma a la justicia civil como una impostergable política pública que urge de ser implementada, dando así continuidad a un proceso iniciado en el gobierno del ex presidente Lagos y continuada por todos los gobiernos que le sucedieron.

Asimismo nos parecen muy acertadas la decisiones tanto del Ejecutivo como de la Comisión del Senado, de abordar esta materia relevando la importancia de definir las cuestiones orgánicas y presupuestarias indispensables para el éxito de la reforma, lo mismo que profundizar en aquellas materias del Proyecto que han sido reservadas para un estudio y socialización más amplios.

Todo ello es perfectamente razonable pues el éxito de la reforma, su legitimidad y perdurabilidad en el tiempo, requieren que ésta sea percibida como el fruto reflexivo y consensuado de todos los actores y estamentos incumbidos por el ejercicio de la función jurisdiccional.