“La realización de bienes, bases de subastas y liquidaciones de créditos no son propiamente jurisdiccionales y en rigor escapan de la esencia de la función del juez”.
Uno de los ejes importantes y más novedosos del Proyecto de Código Procesal Civil, consiste en la desjudicialización de la ejecución, introduciéndose la figura del Oficial de Ejecución como agente central de la actividad ejecutiva. La experiencia histórica del Oficial de Ejecución, con atisbos en el derecho romano y fuerte desarrollo en Europa a partir de la baja edad media hasta nuestros días, con sus luces y sombras, ha parecido al Ejecutivo un modelo probado, exitoso y perfectamente compatible con nuestro sistema procesal. El proyecto asume que las fases de “conocimiento” y “juzgamiento” son las que en esencia constituyen la función jurisdiccional y por ende requieren estar a cargo del Juez como figura central de esa función, pero no ocurre lo mismo con los “actos materiales” tales como la realización de bienes, bases de subastas y liquidaciones de créditos, que no son propiamente jurisdiccionales y que en rigor escapan de la esencia de la función.
Entre las funciones que estos Oficiales cumplen en el derecho francés, interesante de ser considerada, está la del cobro amistoso de créditos judiciales y extrajudiciales, particulares y estatales, con posibilidad de incentivar renegociaciones, realizaciones voluntarias de bienes, y otros acuerdos entre acreedor y deudor. Este rol de verdadero “mediador”, inexistente en nuestro medio, parece profundamente necesario como medio de humanizar la ejecución. “Ejecutar” no es “ajusticiar” al deudor, sino permitir la efectividad del derecho por medio de la jurisdicción, sin olvidarse de su vocación pacificadora.
Corresponderá a nuestras autoridades ejecutivas y legislativas diseñar una institucionalidad sólida que prestigie desde su origen la actividad del futuro Oficial de Ejecución, de manera que sea percibido y respetado por los ciudadanos por la utilidad de sus funciones, por su sólida preparación técnica y por su honestidad, eficiencia y responsabilidad.
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