Ministro Teodoro Ribera destacó sentido de Estado tras la iniciativa: Justicia logra aprobación general de nuevo Código Procesal Civil en comisión de la Cámara de Diputados

Comunicado de prensa. Valparaíso, 03 de abril de 2012.

En una clara señal de apoyo político a la necesidad de contar a la brevedad con una nueva Justicia Civil para el país, más moderna y eficiente, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley que crea un nuevo Código Procesal.

La iniciativa que queda lista para ser discutida artículo por artículo, establece nuevos procedimientos y  audiencias orales que favorecerán la resolución de más de dos millones de conflictos que representan el 60 por ciento de las causas ingresadas a tramitación ante los tribunales de justicia.

El texto, que ingresó a la Cámara de Diputados el pasado 13 de marzo, fue aprobado con los votos de los diputados Cristián Monckeberg (Presidente de la Comisión), Marisol Turres, Pedro Araya,  Jorge Burgos, Giovanni Calderón, Alberto Cardemil, Guillermo Ceroni, Aldo Cornejo, Marcelo  Díaz, Edmundo Eluchans, Felipe Harboe y Ricardo Rincón.

El proyecto de ley de nuevo Código Procesal Civil  es el resultado de un arduo trabajo desarrollado por la secretaría de Estado de calle Morandé junto a una comisión de connotados académicos y profesionales del derecho, y vendrá a reemplazar al actual Código de Procedimiento que data de 1903.

Audiencias, mayor participación del juez y oficial de ejecución

El nuevo Código Procesal Civil consagra un cambio en lo que se refiere al actuar y poderes del juez en el proceso, quien deberá asumir un rol mucho más activo del que hoy le estaba conferido y que otorgaba a las partes una participación fundamental.

Se sustituirá un procedimiento esencialmente escrito y desconcentrado por uno de audiencias, con preeminencia de la oralidad y en el que primen los principios de igualdad de oportunidades, buena fe procesal, inmediación, continuidad y publicidad.

Las etapas y plazos por las que transita un conflicto disminuirán ostensiblemente a favor de todos los intervinientes. Por ejemplo, de los cinco años en promedio en que demora en resolverse una disputa en primera instancia, pasaremos a aproximadamente 170 días.

Asimismo, con el fin de fortalecer la sentencia de primera instancia, el proyecto consagra como principio y regla general, la posibilidad de solicitar el cumplimiento y ejecución inmediata de las mismas, aún cuando existan recursos pendientes en su contra.

Otra modificación relevante será la descentralización de la ejecución, lo que permitirá descargar a los tribunales de las labores administrativas que importa. Se crea la figura del “Oficial de Ejecución” como órgano especializado, encargado de llevar adelante todas las actuaciones de apremio, incluido el embargo.

Actualmente, si un acreedor exige el pago de una deuda, la ley ofrece un juicio ejecutivo para hacerlo efectivo, debiéndose recurrir a un abogado y a un procedimiento que, en el mejor de los casos, puede demorar dos años. Con la reforma, este oficial será el encargado de llevar adelante las gestiones para responder por la deuda bajo el control permanente del juez y sin necesidad de representación judicial.

Leave a Comment


*

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.