Implementación de la reforma procesal civil a julio de 2018

El anteproyecto de Código Procesal Civil fue aprobado por la Cámara de Diputados en primer trámite constitucional, con la sola excepción de la reglamentación relativa al juicio ejecutivo y al recurso extraordinario, materias que el gobierno anterior retiró para presentar indicaciones sustitutivas. Habiendo pasado el Proyecto al Senado, este solicitó al ejecutivo que, previo a proseguir su tramitación, se requería presentar el diseño orgánico de la reforma y un estudio presupuestario, cuestiones que paralizaron su tramitación desde 2014 hasta la fecha.
 
Durante ese período se avanzó solamente en el diseño de las bases para un nuevo recurso de casación a ser presentado como indicación sustitutiva del “Recurso Extraordinario” que contemplaba el Proyecto y un estudio presupuestario preliminar relativo al costo de la reforma. No hubo otros avances y en términos generales por el Senado su tramitación se paralizó a la espera de una Ley Orgánica de los Tribunales. Asimismo quedaron pendientes de aprobación el Procedimiento Ejecutivo y el Recurso de Casación.
 
El Gobierno actual comprometió en su Programa abordar la Reforma Procesal Civil, estimando que se trata de una política pública de alta prioridad. Consecuente con ello y tan pronto asumiera en sus funciones, el señor Ministro de Justicia don Hernán Larraín procedió a nombrar una Comisión Ministerial para abordar los temas pendientes de esta Reforma y asesorar al gobierno en el proceso de su tramitación legislativa . Al efecto fueron convocados los profesores José Pedro Silva, Raúl Tavolari, Cristián Maturana y Macarena Letelier, siendo el primero de los nombrados el coordinador técnico de dicha Comisión. Además se designó como Secretario Ejecutivo al abogado don Nicolás Frías. El objetivo planteado por el gobierno es lograr la aprobación e implementación gradual de esta reforma hacia fines de este período presidencial Durante el Gobierno pasado no se avanzo en esta materia.
 
Los distintos comandos de la última elección presidencial adelantaron que, entre otras reformas al sistema de justicia, se concluiría con la esperada reforma a la justicia civil.
 
De acuerdo a fuentes cercanas, las ideas que habrían prosperado son las siguientes: 1º En lo que dice relación con la reforma orgánica se está trabajando en el diseño de tribunales similares a los ya reformados, esto es, ha pensado en un Tribunal integrados por un “pull” de jueces y unidades administrativas de apoyo. Dichos jueces en todo caso ejercerían jurisdicción de manera unipersonal. similares a los actuales Tribunales de Garantía . Para acceder al sistema jurisdiccional se requeriría una mediación previa.
 
2º En el contexto de los nuevos procedimientos y tal vez como una novedad del Proyecto, se está trabajando en enfatizar el acceso a la justicia en especial de las personas de menores recursos. Es así como uno de los aspectos mas relevantes de la reforma, estará dado por la implementación de un sistema que atienda la problemática de la conflictividad vecinal. A ello se agrega la introducción de mecanismos alternativos de resolución de conflictos, en especial la mediación, considerada en etapas previas al acceso a la vía jurisdiccional.
 
En materia de juicio ejecutivo, se está trabajando en la reformulación de los procedimientos ejecutivos, reconociendo de manera más eficaz la calidad del título, lo que supone simplificar el procedimiento y minorar el sistema de oposición entre otros aspectos. En materia de apremio, se trabaja en un sistema de subasta electrónica de bienes muebles e inmuebles, que objetivice esta actividad y obtenga máximos rendimientos en los valores que se obtengan de la realización de los bienes de los deudores y ello en su directo beneficio. En este último sentido se favorecerán los acuerdos entre acreedores y deudores, buscando alternativas de reprogramación de las obligaciones sobre bases consensuadas. Desde el punto de vista orgánico, se volvería a incorporar la ejecución como competencia de los juzgados civiles, apoyados particularmente por una “Unidad de Ejecución”, instancia administrativa basada en altos estándares profesionales y tecnológicos. Ejecución se ha pensado en establecer
 
Tribunales de Cobranza pertenecientes a la estructura de los Tribunales Ordinarios, los cuales intervendrían en caso de que exista oposición del deudor. En caso contrario el procedimiento se llevaría a cabo por unidades administrativas. En materia de subastas judiciales se trataría de implementar un sistema electrónico a nivel nacional.
 
3º Se implementaría un sistema de Justicia Vecinal también incorporada a los Tribunales Ordinarios.
 
4º Finalmente se mantendría el actual Recurso de Casación con reformas especialmente orientadas a fortalecer y resaltar la relevancia y permanencia de la doctrina jurisprudencial emanada de la Excma. Corte Suprema. tendientes a obtener una cierta uniformidad en las sentencia dictadas por la Corte Suprema. Esto a través de causales de inadmisibilidad o exigencia de determinadas mayorías para cambiar criterios de fallos anteriores.
 
En consecuencia el llamado Recurso de Unificación de la Jurisprudencia no prospero en los término contemplados por el Anteproyecto.
 
En definitiva la controversia radica entre tener un recurso que favorezca la justicia del caso concreto versus un recurso que mas allá del caso concreto tenga como objetivo primordial la unificación de los fallos de los Tribunales.
 
Son estas algunas de las novedades del proceso de reforma procesal civil que toda la comunidad jurídica requiere sea implementada, en tanto obedece a una necesidad objetiva de modernización de un ámbito de la justicia que debió liderar el proceso de reformas en nuestro país y que, sin embargo, ha sido injustificadamente postergado.
 
Todas las esperanzas entonces están puestas en que este gobierno haga realidad esta anhelada política pública.

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