El Consejo de Ministros español aprobó tres anteproyectos de ley para adaptar la legislación de su país a la normativa europea para que sea posible intercambiar información de antecedentes penales y de resoluciones judiciales penales en el ámbito de la Unión Europea.
Crédito: http://www.elderecho.com
Los portales http://www.derecho.com y http://www.expansión.com/juridico informan que el Consejo de Ministros español aprobó tres anteproyectos de ley para adaptar la legislación de su país a la normativa europea para que sea posible intercambiar información de antecedentes penales y de resoluciones judiciales penales en el ámbito de la Unión Europea.
Ambos detallan que el primer anteproyecto aprobado permitirá que las autoridades de los distintos Estados intercambien información en materia de antecedentes penales. “En España —señalan estos sitios en internet— el Registro Central de Penados será la autoridad competente para enviar y recibir la información sobre antecedentes penales, a través del Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS)”.
Agregan que el segundo anteproyecto de ley al que se le dio luz verde es el de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, y va unido a un tercero que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para fijar qué juzgados deben encargarse de este reconocimiento (Juzgados de lo Penal, de Vigilancia Penitenciaria y los Centrales de Instrucción).
Estos últimos textos legales representan “la unificación en el Derecho español de las distintas normas que ha venido dictando la Unión Europea desde 2002, cuando se estableció la orden europea de detención y entrega”, explican los portales.
“Entre las órdenes europeas que se reconocerán entre los distintos Estados figura la de cumplimiento de penas o medidas privativas de libertad que permitirá que una resolución condenatoria dictada en un Estado miembro sea ejecutada en otro. Ello hará posible que los reclusos extranjeros puedan ser enviados a su país de origen y, a la inversa, que los españoles condenados en otros Estados puedan cumplan condena en nuestro país”.
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