El sector TIC y el arbitraje

El sector TIC y el arbitrajeLea artículo publicado por la Asociación de Arbitraje Europeo.

El próximo 26 de enero tendrá lugar la tercera jornada del Ciclo Empresa y Arbitraje: Arbitraje y Sector TIC, a través de la siguiente información se da una perspectiva general del sector en relación con la problemática de sus conflictos.

De acuerdo con el informe Bangemann en referencia a las TIC, asistimos a la aparición de una nueva forma de organización económica, social, política y cultural, que comporta “nuevas maneras de vivir y trabajar juntos”, y también de comunicarnos, de relacionarnos, de aprender e incluso de pensar. La información es la esencia de este nuevo orden, y el desarrollo espectacular experimentado por las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) durante la segunda mitad del siglo XX su fundamento.

Para Kofi Annan en su discurso inaugural de la primera fase de la WSIS (Ginebra, 2003): “Las tecnologías de la información y la comunicación no son ninguna panacea ni fórmula mágica, pero pueden mejorar la vida de todos los habitantes del planeta. Se dispone de herramientas para llegar a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, de instrumentos que harán avanzar la causa de la libertad y la democracia y de los medios necesarios para propagar los conocimientos y facilitar la comprensión mutua”.

Dominios, patentes, contratos tecnológicos, propiedad intelectual, incumplimiento del proveedor, distribución… conflictos TIC, ante los que el arbitraje ofrece una serie de ventajas que lo convierten en una alternativa real y efectiva a la vía jurisdiccional.

El tiempo es oro

En un sector como el de las nuevas tecnologías, realidad palpable en nuestra vida diaria, desde el punto de vista empresarial, comercial y particular, la innovación es una constante, está en auge y se caracteriza por cambios continuos en el mercado (de productos, consumidores, aplicaciones…). Esta rapidez en el desarrollo de nuevos productos lleva consigo un ambiente altamente competitivo en el que el tiempo es oro para todos los agentes que participan en él.

Apple vs Motorola, Apple vs Samsung, Sony Ericsson vs. Russian Telephone Company, Microsoft y el caso Xbox.online, el conflicto por el dominio YahooTechnicalHelp… además de mediáticos estas controversias son numerosas y precisan de rapidez en su solución. No sólo porque se trata de empresas que además cuidan su imagen e identidad al máximo, sino porque muchas veces el hilo del conflicto supone no poder desarrollar con normalidad su trabajo diario.

Esto hace que los actores se planteen opciones distintas a las de acudir a un tribunal tradicional, en el cual los plazos están sujetos a otro tipo de circunstancias como son la saturación de procedimientos o la falta de recursos deseables. Y es precisamente aquí donde encontramos la principal ventaja “competitiva” de los mecanismos de solución alternativa de conflictos y, en especial, del arbitraje.

El sector digital está, a día de hoy, liderado por empresas para las cuales la confidencialidad de sus movimientos y de sus productos en los mercados se convierte en un activo que merece una especial protección. El arbitraje sirve también para atender de forma directa esta necesidad de los operadores, ya que ofrece total confidencialidad en cuanto a la solución de la disputa: ni el procedimiento arbitral ni el laudo son públicos.

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