“El arresto, captura o detención no puede ser más un escenario para exacerbar la inseguridad a costa de la dignidad humana de miles de personas, que de sospechosas pasan a ser víctimas del avergonzamiento mediático”.
Ernesto Pazmiño Granizo
Defensor Público General del Ecuador
En Ecuador y muchos países de América es común la presentación y publicación ante la prensa de las personas aprehendidas por la policía, en un claro contubernio entre las agencias policiales y los mass media. A pesar que para algunos debe mantenerse esta práctica, pues reafirma el derecho a la información y los derechos de las víctimas, desde mi punto de vista disiento totalmente, en especial por las siguientes razones:
- Porque viola derechos y garantías.- La policía debe entregar inmediatamente al detenido ante un juez y no ante los medios, tal como lo exige el artículo 7(5) de la Convención Interamericana de Derechos Humanos. Al ser presentados ante los medios de comunicación se conculcan derechos y garantías como la presunción de inocencia, la defensa, la honra, el buen nombre, la propiedad de la imagen personal, entre otros.
- Porque dificulta la defensa.- Los operadores de justicia no dejarán subjetivamente de concebir a la persona detenida como desviada. Esto reduce las expectativas reales de la defensa técnica del procesado, toda vez que, tanto jueces como fiscales, se sienten presionados a falla en función del mensaje noticioso.
- Porque aumenta la percepción de inseguridad.- La contención policial frente al crimen –aún sin saber si se trata de verdaderos criminales– eleva la sensación térmica de inseguridad. La eficacia de las agencias policiales en su lucha contra el crimen es desplazada por la sensación ciudadana de sentirse cada vez más vulnerable frente al delito.
- Porque fragmenta la política.- La publicidad de los procesados es aprovechada por políticos inescrupulosos, quienes tacharán –sin duda– la gobernabilidad en materia de seguridad. Este es el escenario donde se trata “explicar” el fracaso de la prevención del delito mediante descabelladas propuestas de reforma legislativa.
- Porque existen otros caminos.- La exposición de los detenidos ante los medios es comparable históricamente con la Picota Pública, eliminada en Europa a fines del siglo XVII, y que consistió en la exhibición pública ante la comunidad del cuerpo de las personas reprochada por el poder punitivo(1). Cuatrocientos años después, existen medios menos vejatorios para evitar la impunidad en la comisión de delitos. Las presuntas víctimas pueden reconocer al supuesto victimario a través de mecanismos como la Cámara de Hessel o la Ronda de Imputados, muy usados en países como Chile.
Por muchas razones, la exposición mediática de las personas aprehendidas por la policía debe ser abolida. Aunque a las agencias de seguridad y mediáticas les incomode este urgente llamado a desarticular esta práctica, la convivencia dentro de las reglas de juego de un Estado de Derecho nos convoca a no tolerar más el uso del procesado como noticia del delito, en otras palabras no como sujeto de la comunicación, sino como objeto del rating y negocio de la televisión o prensa escrita. El arresto, captura o detención no puede ser más un escenario para exacerbar la inseguridad a costa de la dignidad humana de miles de personas, que de sospechosas pasan a ser víctimas del avergonzamiento mediático.
(1) El ser presentado es una garantía del debido proceso, mas no una práctica del sistema penal para exhibir el cuerpo y rostro del detenido ante los medios de comunicación social. Véase, Jorge Vicente Paladines, “Periodismo sin garantismo: ¿la reaparición de la picota pública?”, en Revista Ciencias Penales del Instituto de Derecho Penal Europeo e Internacional, Toledo, Universidad de Castilla La Mancha, noviembre de 2008, p. 7.