Corte Suprema y represión de la anomía

“Cualquier reforma que pretenda que ella disminuya sus funciones, no es sólo una materia de regulación del sistema de recursos, sino que un asunto de Estado”.

En relación a la reforma procesal civil, cualquier cambio a la competencia de la Corte Suprema no puede dejar de considerar el rol que cumple evitando el fenómeno que la sociología denomina como anomia. La anomía (a a- nomos, carente de ley) es una situación social en la que ya no existen leyes o reglas, o si existen, se hallan en estado de confusión, son contradictorias o ineficaces. En una situación de esta clase, aunque continúe existiendo el grupo, no existe la menor solidaridad y el individuo deja de tener sistema de apoyo o referencia.

Como en toda sociedad, con mayor o menor vigor, siempre están presentes fenómenos de anomia, la función de la Corte Suprema será hacer respetar las reglas. Cuando la Corte Suprema no ha podido o no ha querido actuar declarando el Derecho, el resultado ha sido socialmente devastador. Por lo mismo, cualquier reforma que pretenda que ella disminuya sus funciones, no es sólo una materia de regulación del sistema de recursos, sino que un asunto de Estado.
Dentro de los ejemplos de corrección de graves errores en la aplicación del derecho que pueden cometer los tribunales, no son pocos los casos donde ha tenido que dejar sin efecto sentencias que estaban bajo el efecto de la cosa juzgada.

Un ejemplo reciente consta del acuerdo del pleno de 26 de junio de 2012, donde procedió a anular una resolución dictada por una Corte de Apelaciones, que había confirmado el remate de un bien raíz de dominio de una persona diversa de la propietaria.

Por la vía de la potestad del art. 82 de la Constitución Política de la República, ordenó al tribunal de primera instancia que adoptara todas las providencias necesarias para restituir el asunto al estando en que se encontraba con anterioridad al remate del inmueble.

También la eliminación de las anomias la ha tenido que ejercitar en relación a la titulación de los abogados. El Pleno de la Corte Suprema, con fecha 3 de septiembre de 2010, acordó anular los títulos de abogados concedidos a ocho personas, que habían presentado antecedentes falsos para su obtención.

Junto con lo anterior, se procedió a remitir los antecedentes al Ministerio Público para indagar eventuales ilícitos. De los casos detectados, tres correspondían a individuos que no habían estudiado en la universidad utilizada para falsificar los documentos respectivos, y los otros a personas que no habían rendido el examen de grado, exigencia que la ley tiene prevista dentro de los requisitos de la licenciatura en derecho, previo al juramento como abogado ante la Corte Suprema.

Como se puede apreciar, tratar de disminuir el rol de la competencia Suprema no es algo fácil. Su existencia y potestades vigorosas son una garantía institucional para que el Derecho cumpla su función.

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