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Si bien el máximo tribunal respaldó mayoritariamente las modificaciones propuestas, hizo algunas recomendaciones respecto de artículos específicos, como aquel que regula el reconocimiento presencial o fotográfico del imputado, el que posibilita la grabación de comunicaciones entre personas presentes sin autorización judicial y el referido al examen de vestimenta, equipaje o vehículos, entre otros.
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Andrea Chaparro
En 14 páginas la Corte Suprema dio respuesta al oficio del Senado, donde se le solicitaba su parecer respecto del proyecto de ley que reforma el proceso penal o la “reforma de la reforma”. En el informe, los ministros respaldan la mayoría de las modificaciones propuestas, pero hacen algunas advertencias al legislador respecto de artículos específicos, manifestando algunos reparos que van desde “una redacción confusa” hasta planteamientos que —en su opinión— pueden ser “peligrosos” para el ejercicio de los derechos y “vulnerar” una garantía constitucional.
La iniciativa legal consta de cinco artículos. El primero de ellos introduce diversas modificaciones al Código Procesal Penal; el segundo, modifica la Ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público; el tercero, incorpora un nuevo artículo 172 en el Código Orgánico de Tribunales; el cuarto, en tanto, establece la obligación de emitir por ciertas instituciones un diagnóstico de la gestión institucional y una propuesta conjunta de de metas e indicadores; y el quinto; propone la elaboración de un plan anual de capacitación interinstitucional de parte de la Comisión Permanente de Coordinación del Sistema de Justicia Penal.