C. Suprema dicta inédito instructivo para registrar y designar árbitros

Abiertos concursos para el Tribunal de Propiedad Intelectual y el CDELea artículo publicado por El Mercurio.

Un inédito instructivo dictó ayer la Corte Suprema para regular la situación de los árbitros designados por los tribunales de justicia ordinarios, para resolución de contiendas civiles.

El acta establece que los tribunales de alzada formarán un registro cada dos años con aquellos nombres que manifiesten interés en el cargo, y esta nómina regirá para el bienio siguiente. También regula un sistema de nombramiento, cuya inexistencia había sido criticada por algunos abogados.

El abogado y profesor UC José Pedro Silva explica que el “sistema (actual) es ajeno a todo control, es fuente frecuente de arbitrariedades y abusos, toda vez que muchas veces priman en la designación de los árbitros criterios subalternos que no atienden ni a la probidad ni a la especialización ni a su experiencia en determinado ámbito del derecho, descontrol que se extiende además a los honorarios desproporcionados que se fijan”. Por eso, cree, este instructivo satisface una necesidad largamente anhelada.

Para formar el registro -consigna el texto-, las cortes de apelaciones del país convocarán a un período de recepción de antecedentes, y el llamado a concurso se hará mediante una publicación en el Diario Oficial y en la página web del Poder Judicial.

En las postulaciones deberán incluirse los datos personales completos del candidato, su especialidad y territorio de desempeño preferente. Además, entre otras cosas, una declaración jurada sobre parentesco con personal del Poder Judicial, en caso de existir. También se hará una evaluación de quienes se repostulen.

Con todo, el decano de Derecho de la U. de los Andes, Alejandro Romero, plantea que si bien esta acta es una manifestación de la denominada “asistencia” que la jurisdicción debe prestar para el buen funcionamiento del sistema arbitral, “una materia que pudo perfectamente abordarse por tratarse de una materia vinculada a la designación es el del contenido de la inhabilidad de los árbitros, para que preventivamente no se acepten nominaciones donde surgen conflictos de interés”.

Acta

El nuevo sistema instaurado quedó plasmado en un acta del 17 de agosto último.

Ver Instructivo aquí »

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